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Bases y Condiciones Premio Arcor a la Innovación 2025

La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a través de la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (en adelante “SSCYT”), y ARCOR S.A.I.C. (en adelante “ARCOR”) convocan a la presentación de proyectos (en adelante la “Convocatoria”) para el “PREMIO NACIONAL ARCOR A LA INNOVACIÓN” (en adelante el “Premio”), que será entregado al mejor proyecto de innovación y/o desarrollo tecnológico en las áreas de interés detalladas en estas Bases y Condiciones.

Asimismo, Fundación ARCOR Argentina (en adelante “Fundación ARCOR”) entregará la “MENCIÓN ESPECIAL FUNDACIÓN ARCOR A LA INNOVACIÓN CON PERFIL SOCIAL” (en adelante “Mención Especial”) a uno de los Proyectos Finalistas que se distinga del resto por alguno de los objetivos indicados en estas Bases y Condiciones para tal Mención.

 

1.  Objetivos de la Convocatoria

Esta Convocatoria y el Premio que se otorgará tienen como objetivos:

  • Impulsar y agilizar la transferencia tecnológica entre el ámbito científico-tecnológico y productivo.
  • Reconocer y estimular el talento, la aplicación del conocimiento y las actitudes emprendedoras que permitan la introducción de nuevos procesos y/o productos, el agregado de valor y la diferenciación tecnológica.
  • Apoyar proyectos de investigación y/o desarrollos tecnológicos que incluyan la generación de nuevos productos, procesos y servicios en la industria alimenticia y que tengan impacto en la sociedad.
  • Promover la cultura innovadora y el desarrollo tecnológico dentro del ámbito académico, emprendedor e industrial que conduzcan a una mayor productividad y competitividad en el sector de la alimentación, como así también al mejoramiento de las condiciones de vida y situación social de las comunidades.




1.1 Mención Especial, Fundación Arcor a la Innovación con Perfil Social

La Mención Especial, por su parte, tiene por objetivo distinguir entre los participantes de la Convocatoria, al proyecto que:

  • Sea evaluado como el de mayor impacto en la mejora de las condiciones de vida de la infancia, especialmente atendiendo a necesidades de grupos vulnerables.
  • Demuestre el mayor potencial de resolución de problemáticas socio-comunitarias diagnosticadas en las áreas de nutrición, hábitos de vida saludable, crecimiento y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
  • Demuestre el mayor compromiso a contribuir directamente con el desarrollo social de comunidades o grupos poblacionales vulnerables.

 

2.  Destinatarios

Podrán participar de la Convocatoria:

  • Emprendedores.
  • Empresas PyMEs[1] constituidas y radicadas en el país, conformadas por capitales argentinos.
  • Investigadores y/o grupos o asociaciones de investigadores pertenecientes a cualquier institución pública o privada, radicada en el país, que desarrollen proyectos con potencial de transferencia al sector productivo.
  • Organizaciones sin fines de lucro (asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas y/o mutuales).

Asimismo:

  • Los participantes podrán presentar más de una propuesta (en caso de que atiendan diferentes problemáticas, clientes, o exploten diferentes tecnologías), pero sólo una podrá ser premiada.
  • Los proyectos que hayan sido beneficiados con otro premio o que hayan obtenido algún subsidio o financiamiento de alguna institución, y/o aún no se haya terminado su implementación productiva, serán considerados admisibles.
  • Los líderes y/o referentes de un proyecto no podrán participar como miembro del equipo de trabajo de otro proyecto presentado.

Quienes cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones y participen en la Convocatoria, tendrán la calidad de “Participantes”.

 

2.1 Exclusiones

No podrán participar de la Convocatoria y/o quedarán fuera de la misma en cualquier etapa del proceso:

  • Las personas que mantengan relación de dependencia laboral con ARCOR y/o sus empresas relacionadas y/o con Fundación ARCOR y/o la SSCYT.
  • Aquellas personas y/o empresas que estén involucradas directamente en la organización de la Convocatoria y/o lo apoyen financieramente, y/o que tengan alguna participación en la evaluación de los proyectos.
  • Empresas o grupos empresarios que sean controlados por otra sociedad que no satisfaga las condiciones de PyME.
  • Los proyectos que:
    • tengan por objeto implementar o certificar normas de calidad.
    • tengan por objeto el desarrollo de productos o procesos que sean peligrosos para la salud o el medio ambiente, no cumplan con reglamentaciones vigentes o no respeten los derechos humanos.
    • por su contenido o formulación, no contemplen aspectos éticos que deberían ser tenidos en cuenta, según la naturaleza u objeto del trabajo.

 

3. Sobre los proyectos: Áreas de interés

Los proyectos deben enmarcarse en una o más de las áreas de interés expuestas a continuación.

A los fines de la Mención Especial se evaluará, en cualquier área de interés, el Perfil Social, en los términos expresados en el apartado 1.1.

Tecnologías de Alimentos: contempla soluciones que respondan a alguna de las oportunidades identificadas:

  • Innovaciones que mejoren la calidad nutricional y el impacto positivo de los productos en la salud.
  • Nuevas tecnologías para mejorar la seguridad alimentaria.
  • Mejoras en la vida útil de los alimentos.
  • Propuesta de nuevos alimentos innovadores, nuevas experiencias de consumo.
  • Proyectos enmarcados en el paradigma de la economía circular que contemplen iniciativas sustentables a partir del uso eficiente de los recursos naturales y energéticos, incluyendo el upcycling.
  • Optimización de costos.
  • Productos o ingredientes diferenciados con potencial de escalabilidad industrial:
    • Que presenten propiedades bioactivas positivas para la salud demostrables científicamente.
    • Aporten nutrientes específicos en cantidades significativas (vitaminas, minerales, fibras, carbohidratos de digestión lenta, proteínas, grasas funcionales).
    • Que presenten propiedades que sean beneficiosas para la microbiota intestinal demostrables científicamente (prebióticos, probióticos, posbióticos).
    • Que sean una alternativa orgánica o libre de aditivos en relación con la oferta dominante (clean label).
    • Que sean una oferta plant based (a base de plantas) o libre de componentes de origen animal en relación con la oferta dominante.
    • Que sean una oferta que atienda intolerancias o alergias alimentarias en relación con la oferta dominante.
    • Que sean alimentos saludables y no contengan nutrientes críticos, de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable y su decreto reglamentario de la República Argentina.
  • Ingredientes funcionales:
    • Explorar nuevas fuentes de ingredientes naturales no tradicionales, como hongos, algas o subproductos de la industria alimenticia.
    • Reformular productos existentes del portafolio para incorporar ingredientes funcionales que mejoren su perfil nutricional.
    • Desarrollar nuevas aplicaciones o mezclas incorporando algún ingrediente funcional.
  • Ingredientes endulzantes:
    • Desarrollo de nuevos ingredientes como son los azúcares raros, nuevos endulzantes, etc.
    • Nuevas fuentes naturales de azúcares raros, como plantas, frutas o microorganismos.
    • Tecnologías de bioconversión o fermentación para obtener nuevas moléculas endulzantes.
  • Nuevas fuentes de ingredientes nutritivos o no tradicionales como algas, hongos, insectos, leguminosas.
  • Aplicación de tecnologías de procesamiento innovadoras, como fermentación, biotecnología o nanotecnología para obtener o transformar procesos, productos y/o ingredientes nutritivos de manera eficiente y sostenible.

 Tecnologías aplicadas al agro: contempla soluciones que respondan a alguna de las oportunidades identificadas:

  • Gestión agrícola basada en datos, imágenes, sensores y plataformas de inteligencia artificial, que impulsen una evolución de la agricultura de precisión hacia una agricultura "predictiva” para aumentar rendimientos o reducir costos.
  • Optimizaciones de costos.
  • Soluciones de automatización para la cosecha, la eliminación de malezas y la protección de cultivos.
  • Digitalización de los procesos productivos, de logística y/o comercialización para brindar información al consumidor a favor de la transparencia, las tendencias regulatorias y la trazabilidad.
  • Proyectos enmarcados en el paradigma de la economía circular que contemplen iniciativas sustentables a partir del uso eficiente de los recursos naturales y energéticos, incluido el upcycling.
  • Soluciones para la mitigación de micotoxinas en maíz almacenado y subproductos de molienda húmeda: implementación de tecnologías y prácticas que reduzcan la presencia de micotoxinas en el maíz y sus derivados.
  • Desarrollo de soluciones agrícolas basadas en biofertilizantes y bioinsumos más sostenibles: sustitución de insumos convencionales por alternativas biológicas que promuevan una agricultura más ecológica y sostenible.
  • Optimización en la valoración de subproductos del proceso de producción del azúcar: desarrollo de soluciones innovadoras para transformar los subproductos del azúcar en productos de mayor valor agregado.
  • Aprovechamiento y valorización de subproductos generados en la molienda húmeda y seca del maíz: estrategias para maximizar el valor y la utilidad de los subproductos obtenidos durante los procesos de molienda.
  • Agricultura regenerativa: tecnologías que promuevan la salud del suelo y/o biodiversidad.
  • Tecnologías de almacenamiento avanzado: innovaciones en almacenamiento y/o monitoreo del maíz o azúcar, que permitan preservar la calidad que reduzcan la pérdida, etc.
  • Proyectos de compostaje que permitan reutilizar residuos o descartes.
  • Sistemas mixtos de agricultura y acuicultura para el aprovechamiento de áreas marginales.

 Tecnologías aplicadas a packaging: contempla soluciones que respondan a alguna de las oportunidades identificadas:

  • Nuevos materiales, productos biobasados y productos desarrollados a partir de residuos agroindustriales o materiales secos reciclados, que mejoren comparativamente las propiedades mecánicas, ópticas, o funcionales tradicionales, con un menor impacto ambiental y/o menor costo.
  • Nuevas tecnologías aplicadas a mejoras de barrera al oxígeno, vapor de agua, temperatura, rayos UV en la producción de envases flexibles en contacto con alimentos y que preferentemente favorezcan la reducción de materiales de fuentes no renovables por fuentes renovables (reducción de uso de aluminio o plástico).
  • Nuevos envases activos y/o inteligentes para el transporte de productos alimenticios que permitan prolongar la conservación de los alimentos, aumentar su inocuidad y/o generar cambios sensoriales ante acciones fisicoquímicas (cambio temperatura, luz, acidez, tiempo, contacto, electricidad, otras).
  • Tecnologías aplicadas a los envases que permitan optimizar operaciones de trazabilidad o logística (como por ejemplo identificación por radiofrecuencia o RFID, NFC, otras) y/o prevengan falsificaciones (anti- counterfeit).
  • Proyectos enmarcados en el paradigma de la economía circular que contemplen iniciativas sustentables a partir del uso eficiente de los recursos naturales y energéticos, incluido el upcycling.
  • Optimización de costos.

 

4. Etapas

 4.1 Presentación de proyectos – Aplicación online

Duración de la etapa: NUEVE (9) semanas

Quienes deseen participar de la Convocatoria deberán presentar sus proyectos a través del acceso https://www.arcor.com/ar/innovacion, completando a tal efecto el formulario de postulación (en adelante “Formulario”). Dicho Formulario tiene como objetivo recopilar la información de contacto y las características básicas de los proyectos, así como indagar respecto del problema/solución.

Los proyectos que no demuestren con claridad la relación entre el problema y la solución planteada, así como aquellos que no presenten completa la información solicitada, serán excluidos de la Convocatoria en la etapa de admisión.

Para esclarecer dudas sobre estas Bases y Condiciones o sobre la forma de completar el Formulario de Postulación, se podrán enviar consultas a la siguiente dirección de e-mail: premioarcor@arcor.com

Los proyectos podrán ser presentados desde el día 17 de febrero de 2025 hasta el día 21 de abril de 2025, inclusive. Las fechas de apertura y cierre de la etapa para la presentación de proyectos podrán ser modificadas o prorrogadas por decisión conjunta de la SSCYT y ARCOR.

4.2 Proceso de selección de proyectos

El proceso de selección de proyectos tendrá CINCO (5) Fases, con selecciones sucesivas hasta llegar al conjunto de Proyectos Finalistas. Dichas fases son:

  • FASE I: Proceso de admisión
  • FASE II: Evaluación técnica y selección de Proyectos Semifinalistas
  • FASE III: Pre-aceleración de Proyectos Semifinalistas
  • FASE IV: Evaluación comercial y selección de Proyectos Finalistas
  • FASE V: Pre-aceleración de Finalistas - Evaluación final y selección del Proyecto Ganador y Proyecto Ganador Mención Especial.

 

Fase I: Proceso de admisión

Duración de la fase: DOS (2) semanas.

Los proyectos presentados pasarán la etapa de admisión en tanto cumplan con la totalidad de los siguientes criterios y/o requisitos de admisibilidad:

  • Es un proyecto de origen nacional.
  • El proyecto aporta toda la información solicitada en el Formulario.
  • El proyecto se autodefine correctamente dentro de alguna de las áreas de interés.
  • El proyecto presenta una declaración jurada por la cual manifiesta no poseer restricciones de propiedad intelectual y no vulnerar derechos de propiedad intelectual de terceros (por ejemplo, debido a la existencia de una patente de titularidad de un tercero que le impide explotar comercialmente el desarrollo).

El proceso de admisión de los proyectos presentados estará a cargo de técnicos profesionales representantes de la SSCYT y ARCOR. Los proyectos que no sean admitidos serán excluidos de la Convocatoria y no continuarán en el proceso de evaluación. Dicha exclusión será comunicada conforme lo estipulado en la cláusula 14.

 

FASE II. Evaluación técnica y selección de Proyectos Semifinalistas

Duración de la fase: CINCO (5) semanas

Todos los proyectos que hayan sido admitidos en la fase anterior recibirán un pedido de información adicional, que contempla un cuestionario con preguntas relacionadas, entre otras, al negocio, la tecnología y el plan de crecimiento, ajuste de producto-mercado y estrategia de salida al mercado. El plazo máximo para la presentación de esta información será de VEINTE (20) días corridos contados a partir del día siguiente de su requerimiento.

 

Cada proyecto será evaluado en cada una de las siguientes dimensiones:

Innovación tecnológica: este criterio mide el nivel de innovación que presenta la tecnología empleada. Se trata de evaluar si el proyecto emplea tecnologías emergentes o si propone una manera novedosa de combinar tecnologías existentes.

Propuesta de valor: producto o servicio con foco en la resolución de problema. Ventajas competitivas ofrecidas.

Viabilidad técnica: este criterio evalúa la solidez técnica de la solución propuesta. Se analiza si la tecnología está disponible o si se puede desarrollar en los plazos estipulados y con los recursos disponibles. Los proyectos serán mejor calificados en la medida en que demuestren un camino de validación técnica de la propuesta de forma clara.

Escalabilidad tecnológica: se evalúa la capacidad del proyecto para crecer sin perder eficiencia o comprometer el rendimiento técnico. Un diseño escalable permite una fácil adaptación a diferentes niveles de demanda y uso.

Rendimiento y eficiencia: se valoran los resultados técnicos obtenidos y la eficiencia de los recursos utilizados (energía, tiempo, costos, etc.). El proyecto debe demostrar que es eficiente tanto en su funcionamiento como en su uso de recursos.

Grado de avance del desarrollo: evalúa en qué nivel de desarrollo se encuentra la solución.

Interoperabilidad: este criterio evalúa si la solución puede integrarse con otros sistemas, plataformas o tecnologías existentes. Se valora la capacidad del sistema para comunicarse y funcionar en conjunto con tecnologías de terceros.

Sostenibilidad técnica: Se mide el impacto ambiental de la tecnología utilizada, así como su capacidad de mantenerse operativa y eficiente a largo plazo sin generar residuos o problemas técnicos. También se valora si es posible actualizar o mejorar el sistema sin cambios radicales.

El puntaje total será asignado por una Comisión Evaluadora ad hoc, integrada por especialistas técnicos en las áreas de interés a ser designados por la SSCYT, ARCOR y Fundación ARCOR.

Como resultado de este proceso quedarán seleccionados como máximo VEINTE (20) proyectos semifinalistas (los “Proyectos Semifinalistas”) que pasarán a la próxima fase. La comunicación a los proyectos semifinalistas se hará conforme lo estipulado en la cláusula 14.

Las decisiones de la Comisión Evaluadora ad hoc serán finales y vinculantes para todos los Participantes.

 

Fase III. Pre Aceleración de Proyectos Semifinalistas

Duración de la fase: CUATRO (4) semanas.

Durante esta etapa, los Participantes cuyos proyectos hayan sido seleccionados como Proyectos Semifinalistas participarán de talleres online teórico-prácticos, donde recibirán capacitaciones y mentorías referidas al proyecto planteado hasta el momento, a fin de profundizar en conocimientos básicos de funcionamiento de un emprendimiento (consideraciones para el equipo de trabajo, diseño del modelo de negocios, marketing, procesos comerciales, desarrollo de producto, entre otros). La participación en estas actividades será de carácter obligatorio. La inasistencia injustificada a cualquiera de ellas importará la desaprobación de esta etapa y la exclusión de la Convocatoria.

Como resultado de esta fase se espera que los participantes semifinalistas elaboren un resumen ejecutivo de UNA (1) página de extensión (“One Pager”), una presentación de la oportunidad de negocio en formato pitch deck y un modelo financiero a ser presentado en la Fase IV del proceso de evaluación.

 

Fase IV. Evaluación comercial y selección de Proyectos Finalistas

Duración de la fase: TRES (3) semanas.

Los Proyectos Semifinalistas serán evaluados por personal designado por ARCOR como Referentes de Negocios, a partir del resumen ejecutivo elaborado (One Pager), la presentación de la oportunidad de negocio en formato pitch deck y el modelo financiero presentado.

Para esta etapa de evaluación se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Grado de innovación (originalidad): este criterio evalúa qué tan disruptivo es el proyecto en relación con lo existente en el mercado. Se mide el grado de novedad de la solución propuesta y cómo resuelve un problema desde una nueva perspectiva. Los proyectos serán mejor calificados en la medida en la que puedan comunicar un análisis de la competencia y de qué manera son una opción diferente a las alternativas actuales del mercado.

Propuesta de valor: producto o servicio con foco en la resolución de problema. Ventajas competitivas ofrecidas.

Tamaño de la oportunidad: oportunidad de mercado, considerando el tamaño, etapa de desarrollo y madurez del mercado.

Viabilidad técnica y financiera: evalúa si el proyecto es técnicamente factible y si los recursos disponibles son suficientes para su implementación. Incluye la capacidad del equipo para superar retos técnicos y la viabilidad de los modelos financieros propuestos.

Diseño del negocio forma en que la solución genera valor, lo produce, lo entrega y lo captura. ¿Es repetible, escalable y rentable?

Procesos comerciales y replicabilidad: se valora si el proyecto tiene el potencial de crecer y aplicarse a otros mercados, contextos o sectores. Un proyecto innovador debe tener capacidad para expandirse sin perder su eficiencia.

Estrategia de implementación y plan de trabajo: evalúa la solidez del plan de acción para la implementación del proyecto, la estructura del cronograma, los hitos clave y la gestión de recursos humanos y materiales.

Impacto en el mercado o la sociedad: se evalúa la capacidad del proyecto para generar cambios significativos, tanto en el mercado como en la sociedad. Esto incluye mejoras en calidad de vida, accesibilidad de productos o servicios, y sostenibilidad ambiental.

Capacidad del equipo y liderazgo: considerando el compromiso, know-how, composición y funcionamiento. Esta fase culmina con la selección de OCHO (8) proyectos finalistas (los “Proyectos Finalistas”) como máximo que continuarán con la etapa siguiente. La selección será comunicada a los finalistas de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 14. La decisión será final y vinculante para todos los participantes.

 

Fase V. Pre-Aceleración de Finalistas - Evaluación final - Selección de los Proyectos Ganadores - Premio y Mención

Duración de la fase: SEIS (6) semanas.

Los Participantes cuyos proyectos hayan sido seleccionados como Proyectos Finalistas deberán presentar su proyecto en el “ARCOR - SSCYT Pitch Day”, evento en el cual expondrán ante un Jurado (en adelante el “Jurado”) en un tiempo máximo de CINCO (5) minutos, en el mes de septiembre de 2025.

Durante esta etapa, los Participantes cuyos proyectos hayan sido seleccionados como finalistas participarán de talleres on-line teórico-prácticos, donde recibirán capacitaciones y mentorías en cuanto a la presentación oral de sus proyectos durante el Pich Day. La participación en estas actividades será de carácter obligatorio, la inasistencia injustificada a cualquiera de ellas importará la desaprobación de esta etapa y la exclusión del Concurso.

El Jurado estará integrado por DOS (2) miembros designados por la SSCYT, DOS (2) miembros designados por ARCOR y UN (1) miembro designado por Fundación ARCOR,

ARCOR y Fundación ARCOR cubrirán, en caso de ser necesario, los gastos de traslado, alojamiento y comida del Responsable de cada Proyecto Finalista para su efectiva participación del “ARCOR - SSCYT Pitch Day”. La participación de otros miembros del equipo de cada Proyecto Finalista correrá por cuenta y cargo de ellos mismos.

Los criterios de evaluación serán los siguientes:

  • Oralidad
  • Factibilidad
  • Impacto socioproductivo y/o ambiental
  • Carácter innovador y disruptivo

 

El proyecto elegido por el Jurado será considerado “Proyecto Ganador” del Premio. Asimismo, el Jurado elegirá, dentro de los Proyectos Finalistas, el proyecto ganador de la “Mención Especial” (“Proyecto Ganador Mención Especial”).

Las decisiones del Jurado serán finales y vinculantes para todos los Participantes.

 

5. Fechas

1. Presentación online de proyectos: 17 de febrero al 21 de abril de 2025.

2. Proceso de selección de proyectos

Fase I - Proceso de admisión: hasta el 2 de mayo de 2025.

Fase II - Evaluación técnica y selección de Proyectos Semifinalistas: hasta el 6 de junio de 2025. Fase III - Pre Aceleración de Proyectos Semifinalistas: hasta el 4 de julio de 2025.

Fase IV - Evaluación comercial y selección de Proyectos Finalistas: hasta el 25 de julio de 2025

Fase V - Pre-Aceleración de Finalistas - Evaluación final - Selección de los Proyectos Ganadores - Premio y Mención: Fecha Final a definir dentro del mes de septiembre de 2025.

 

6. Premio

ARCOR adjudicará al Proyecto Ganador la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000.-) como “PREMIO NACIONAL ARCOR A LA INNOVACIÓN” a modo de aporte no reembolsable destinado a contribuir a su ejecución.

El ganador recibirá también una capacitación para contribuir al desarrollo de su proyecto y, en caso de que tuviera potencial de aplicación (a criterio de ARCOR), la posibilidad de llevar a cabo una prueba de concepto (POC) con ARCOR.

 

7. Mención

Fundación ARCOR adjudicará al Proyecto Finalista que mejor contemple los objetivos establecidos en estas Bases y Condiciones la suma de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000.-) como “MENCIÓN ESPECIAL FUNDACIÓN ARCOR A LA INNOVACIÓN CON PERFIL SOCIAL” a modo de aporte no reembolsable para contribuir a la ejecución del proyecto seleccionado.

 

8. Aceptación de las Bases y Condiciones

8.1. SSICYT, ARCOR y Fundación ARCOR, en adelante los “Organizadores”, podrán ajustar o modificar estas Bases y Condiciones en cualquier momento, sin necesidad de notificación por otro medio que no sea la publicación de la nueva versión en el sitio web https://www.arcor.com/ar/innovacion. Los Organizadores se reservan el derecho de cancelar, modificar, o proceder a la suspensión del proceso de selección, a dejar vacante el número de preseleccionados que consideren oportuno o a declarar desierta la Convocatoria en uno o ambos de sus premios en caso de que ninguno de los proyectos cumpla con todos los equisitos, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los Participantes.

8.2. El Participante conoce y acepta que comunica su proyecto bajo su única y exclusiva responsabilidad y a su propia cuenta y riesgo. Asimismo, acepta mantener indemnes a los Organizadores, frente a reclamos de terceros relacionados con la idea o innovación que proporciona. Para tal efecto se compromete a sanear todas las contingencias que tengan una causa anterior a la comunicación y/o ingreso en la Convocatoria.

8.3. Los datos proporcionados por el Participante deben ser correctos, veraces y completos, asumiendo toda responsabilidad sobre la falta de veracidad o exactitud de los mismos.

8.4. En caso de que los datos proporcionados por un Participante resultaren falsos, inexactos o engañosos, los Organizadores quedarán facultados –sin perjuicio de otras medidas legales a su disposición– a retirar, denegar o suspender los beneficios otorgados al Participante por estas Bases y Condiciones.

8.5. El Participante acepta que los Organizadores tienen autoridad final con respecto a la Convocatoria y la selección de los proyectos. El Participante reconoce que aún si los Organizadores seleccionan su proyecto, no están obligados a ejecutarlo, ni parcial ni totalmente.

8.6. Los Organizadores no serán responsables de posibles daños o perjuicios que se puedan derivar de interferencias, omisiones, interrupciones, virus informáticos o desconexiones del portal por cualquier causa, incluidas causas ajenas a los Organizadores. El Participante asumirá toda la responsabilidad por la interpretación y el uso de la información contenida en aquel. Los Organizadores no se hacen responsables por la confiabilidad o utilidad de los servicios prestados por terceros a través del mencionado sitio web utilizado para esta actividad.

8.7. Para todas las cuestiones no previstas en las bases, los Organizadores acordarán soluciones que estimen justas, equitativas y oportunas, definitivas y vinculantes.

 

9. Limitaciones de Uso

9.1. El Participante conoce y acepta NO usar la plataforma provista por los Organizadores para:

  • Subir, enviar o de otra manera transmitir algún contenido que pueda resultar contrario a la ley, moral, orden público u de otra manera con contenido dañino, abusivo, despectivo, difamatorio, vulgar, obsceno, invasivo o privado, racista, xenófobos, o de otra manera objetable.
  • Dañar a individuos o colectivos de cualquier manera.
  • Identificar de alguna forma a cualquier persona o entidad, o relacionar falsamente a cualquier persona.
  • Subir, enviar o de otra manera transmitir algún contenido sin los derechos necesarios para hacerlo (por ejemplo, la información interna de una empresa, propietaria y confidencial aprendida o divulgada como parte de relaciones del empleo o según los términos de acuerdos de un contrato). Asimismo, se prohíbe enviar, subir o de otra manera transmitir algún contenido comercial o publicitario.
  • Subir, enviar o de otra manera transmitir algún contenido que infrinja derechos de propiedad intelectual, industrial incluyendo los siguientes: marcas comerciales registradas, marcas de servicio, patentes, modelos de utilidad, diseños registrados, marcas comerciales y de servicio no registradas, nombres comerciales y empresariales (incluyendo los derechos sobre todo tipo de imagen comercial o empresarial), nombres de dominio, derechos respecto de nombres de dominio, derechos de topografía, derechos de autor, derechos sobre bases de datos, todo otro derecho de propiedad similar que en cada caso se encuentre vigente en cualquier jurisdicción del mundo, incluyendo el registro de todos tales derechos y solicitudes así como el derecho de presentar todo tipo de solicitud respecto de cualesquiera de los casos antes enumerados o incurrir en conductas de competencia desleal.
  • Subir, enviar o de otra manera, transmitir algún material que contenga virus o algún código computacional como archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de algún software, hardware o equipo de telecomunicaciones.
  • Interferir o descontinuar el servicio o los servidores conectados al mismo o desobedecer algún requerimiento que infrinja las políticas o regulaciones de cada red conectada.
  • Violar intencional o accidentalmente alguna ley aplicable local, estatal, nacional o internacionalmente.
  • Recolectar o almacenar información personal sobre otros participantes.
  • Utilizar y/o divulgar imágenes de personas sin autorización correspondiente adjunta, y en especial en el caso de niños.

9.2 Los Organizadores tendrán derecho a quitar cualquier contenido que viole las presentes Bases y Condiciones. El Participante comprende que debe evaluar y tomar todos los riesgos asociados al uso de cualquier contenido, ya sea parte o la totalidad de él. Sin perjuicio de lo anterior, los Organizadores tendrán derecho (pero no obligación) a rechazar cualquier contenido y eliminarle de cualquiera de sus procesos y plataformas.

 

10. Responsabilidad

10.1. Los Participantes serán responsables por todos los daños mediatos o inmediatos, directos o indirectos causados o que pudieren causar por la infracción de estas Bases y Condiciones. Asimismo, los Participantes serán responsables en los mismos términos por la infracción de derechos de terceros, mediante su participación a través de la aportación de los correspondientes trabajos o de sus contenidos en la Convocatoria, e indemnizarán a los terceros afectados ya los Organizadores, por todos los daños y perjuicios causados por todo tipo de reclamaciones interpuestas, procedimientos judiciales o extrajudiciales, incluidos en todos los casos honorarios de abogados, de defensa y otros profesionales, por el incumplimiento de las obligaciones anteriormente descritas.


10.2. Para el caso que los Participantes incumplieran el compromiso asumido por la aceptación de las presentes Bases y Condiciones responderán por los daños y perjuicios que le provocaran a los Organizadores y/o sus relacionadas. La extensión de la responsabilidad se extenderá a las consecuencias, inmediatas, mediatas y futuras. El compromiso aquí asumido tendrá vigencia desde la aceptación de estas condiciones hasta dentro de cinco años de finalizada la Convocatoria.

 

11. Ausencia de oferta laboral

11.1. En ninguna circunstancia el envío de un proyecto, el uso del mismo por los Organizadores o cualquier mención en estas Bases y Condiciones se interpretará como una oferta o un contrato de trabajo con los Organizadores. Por el presente documento, el Participante reconoce que envía su proyecto voluntariamente.

11.2. El desarrollo del proyecto no importará ni podrá ser interpretado como relación laboral alguna con los Organizadores.

 

12. Tratamiento de datos – Utilización de Imágenes y voz

12.1. Al contenido de los proyectos que se presenten a la Convocatoria, así como el conjunto de todos los datos, documentación e información de cualquier clase que sea suministrada por el Participante, se le dará tratamiento de información confidencial. Los Organizadores se obligan a no emplear la misma a otros efectos distintos de los derivados de este documento. El compromiso de confidencialidad no alcanza a la información que: i) Se encuentre en el dominio público al momento de la presentación de los mismos. ii) Alguno/s de los Organizadores hubiera/n estado en posesión de la misma con anterioridad a la fecha de presentación del proyecto siempre que el tercero de quien la hubiera recibido no tuviera prohibición contractual o fiduciaria de divulgar la información. iii) Haya sido obtenida independientemente por alguno/s de los Organizadores, sin el uso o asistencia de los Participantes, Directores y/o sus dependientes (iv) Obre ya en poder de alguno/s de los Organizadores -y no esté sujeta a cualquier otro acuerdo de confidencialidad entre alguno/s de los Organizadores y el Participante, v) Deba ser revelada para dar cumplimiento de una orden de naturaleza judicial o administrativa; vi) Sea desarrollada en forma independiente por alguno/s de los Organizadores, sin uso ni beneficio de la información.

12.2 El Participante autoriza que los datos obtenidos a partir de su participación en la Convocatoria se incorporen en un único archivo de titularidad de los Organizadores para la realización del proceso de inscripción, participación, análisis de los proyectos, capacitación y comunicación de la Convocatoria. La información será tratada y guardada con la debida confidencialidad, aplicándose las medidas de seguridad informática establecidas en la normativa vigente aplicable para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de conformidad con el estado de la tecnología y la naturaleza de los datos.

12.3 Todos los datos que se soliciten son de carácter obligatorio para la realización de la Convocatoria, considerándose imprescindibles para el desarrollo de la misma.

12.4 Los datos de carácter personal que el usuario ingrese en la página Web para efectos del registro son recogidos, tratados y controlados por los Organizadores o por cualquier tercero autorizado por ellos y por tanto la recolección, tratamiento y protección de dichos datos se rige por las políticas de privacidad y protección de datos establecidas en la ley vigente aplicable y por los Organizadores.

12.5 Al aceptar las presentes condiciones generales, el Participante está aceptando que sus datos sean recogidos y tratados por los Organizadores, conforme a lo antes expuesto. En caso de que el Participante no acepte, no podrá llevar a cabo su registro. Asimismo, el Participante autoriza expresamente a ARCOR a transferir sus datos personales a otras empresas del Grupo ARCOR y/o a terceros contratados por empresas del Grupo ARCOR para la prestación de servicios relacionados con esta actividad. Aun así, considerando que ARCOR ha establecido políticas y procedimientos de seguridad de manera uniforme en todo el Grupo y respecto de sus terceros, brindando los estándares requeridos de protección de la privacidad aplicable en la República Argentina, autoriza expresamente a ARCOR para que, por sí, por otras empresas del Grupo ARCOR y/o por terceros contratados trate, procese, transfiera y utilice los datos personales de los Participantes con la finalidad aquí mencionada.

12.6 En caso de que el Participante desee retirar su registro, podrá hacerlo mediante los medios admitidos en derecho. En caso de que el Participante retire su registro, no podrá participar de la presente Convocatoria, a menos que se registre nuevamente. Se deja expresa constancia, que los Organizadores han adoptado todas las medidas necesarias para proteger la seguridad de sus redes. Por tanto, cualquier violación y/o ataque a ellas y, en consecuencia, a los programas asociados con los Organizadores, realizado por los denominados “hackers”, constituirá un caso fortuito o fuerza mayor y eximirá a las partes de responsabilidad por las consecuencias derivadas de tales hechos.

12.7 La participación en el “ARCOR – SSCYT Pitch Day” importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz y/o Datos Personales de los Finalistas en general y del Proyecto Ganador en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad desde la fecha del “ARCOR – SSCYT Pitch Day”, sin que los Finalistas tengan derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. Los Finalistas garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión y/o reproducción de voz. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne a los Organizadores respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los Participantes reconocen que la participación en el Convocatoria no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos.

 

13. Propiedad intelectual- Propiedad de los resultados

La propiedad de los resultados obtenidos por el/los Proyecto/s Ganador/es pertenecerá a los integrantes del grupo emprendedor, empresa o grupo de investigación que los obtuvo o a las entidades públicas o privadas a las que pertenecen esos grupos en los casos que el grupo de investigación esté bajo relación de dependencia o contratado para realizar actividades de investigación. Se entenderá por propiedad de los resultados de investigación, a efectos del presente Premio, a aquellos que sean susceptibles de protección por la legislación de patentes de invención o por otro tipo de título o registro legal de propiedad intelectual o industrial o aquellos resultados que no sean protegibles legalmente por patentes o por otro tipo de registro, pero que puedan ser utilizados en el proceso productivo y adquieran por ello importancia económica.

En el caso de publicarse trabajos referidos a los desarrollos científico-tecnológicos apoyados mediante este Premio, los derechos de autor pertenecerán a los integrantes del grupo emprendedor, empresa o grupo de investigación que los obtuvo. En los trabajos publicados constará que el trabajo recibió el Premio o la Mención Especial.

Igualmente, en caso de una transferencia tecnológica con aporte del Premio o Mención Especial deberá incluir el modo efectivo en que se aplicó el aporte.

 

14. Notificaciones

Todas las comunicaciones que los Organizadores deban hacer a los Participantes en virtud del Convocatoria serán realizadas a la dirección de correo electrónico que cada Participante haya denunciado en el Formulario.

 

15. Jurisdicción y ley aplicable

Para la interpretación y cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones, los Organizadores y el Participante se someten a las leyes aplicables de la REPÚBLICA ARGENTINA. Toda divergencia que pudiera surgir relacionada con la interpretación de estas Bases y Condiciones, así como derivada de la ejecución de esta Convocatoria, será resuelta por los Tribunales competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, REPÚBLICA ARGENTINA, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.

 

16. Consideraciones Generales

La aceptación del Premio por parte del Proyecto Ganador implica su expresa autorización para que la adjudicación del Premio y el contenido del proyecto premiado, sean divulgados y promocionados por los Organizadores.

 

17. Glosario

A los fines de este Convocatoria se definen los siguientes términos:

  • Emprendedor: cualquier ciudadano argentino, nativo o naturalizado, con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con domicilio legal en la República Argentina, que pretenda iniciar un proyecto de base científico y/o tecnológica, y/o potenciar uno ya existente.
  • Proyecto de origen nacional: proyecto que se ejecuta y desarrolla en el territorio de la República Argentina.
  • Innovación: producto, proceso o servicio nuevo o significativamente mejorado, en cuanto a sus características técnicas o en cuanto a su uso u otras funcionalidades.
  • Economía circular: hace referencia a un modelo de producción en donde se minimicen los residuos y se aprovechen como nuevos recursos y materias primas. El concepto engloba aspectos ambientales, económicos y sociales.
  • Pitch Day: evento en el cual los Participantes, cuyos proyectos fueron elegidos como “Proyectos Finalistas”, realizan una presentación oral de la misma ante un Jurado, y se selecciona al Proyecto Ganador.
  • Datos personales: información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables.
  • Información confidencial: aquella información que no puede divulgarse sin el consentimiento expreso de su titular.

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