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BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO

Encuesta: “Hábitos alimenticios durante la crisis COVID-19”

1. El presente sorteo (en adelante, el “Sorteo”) es organizado por ARCOR SAIC con domicilio en Av. Fulvio Pagani 487, Arroyito, Provincia de Córdoba; en adelante, “el Organizador”.

2. La participación será válida desde el 03 de septiembre de 2020 al 16 de septiembre de 2020, ambos inclusive, para las personas residentes en Argentina, mayores de 18 años, quienes hayan participado de la encuesta relacionada con la temática y acepten participar conforme se indica en el apartado 3.- de las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases y Condiciones”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia de la Encuesta. 

3. Modo de participación: Quienes reciban un correo electrónico con una invitación a participar de la encuesta y que cumplan con los requisitos del punto 2, en el mismo correo,  recibirán un link para acceder a las presentes bases y condiciones, y otro para responder a la encuesta online (se estiman 15 minutos para responder la misma) Completada la encuesta verá un mensaje de agradecimiento por haber participado,  si desea participar del sorteo deberá indicar los datos personales de contacto. Quienes así lo hagan serán considerados “Participantes”. 

Los participantes que respondan la Encuesta en forma completa hasta el día 16 de septiembre de 2020 a las 23:59 y hayan informado los datos personales de contacto, participarán del Sorteo a celebrarse el día 21 de septiembre de 2020 a las 14:30 horas (en adelante el “Sorteo de la Encuesta”) por el premio que se consigna en el punto 8 de las presentes Bases y Condiciones. 

En la medida en que el participante reúna los requisitos indicados más arriba de las presentes Bases y Condiciones, y luego de finalizada la encuesta haya manifestado interés en participar del sorteo informado los siguientes datos personales: nombre, apellido, DNI, teléfono de contacto, domicilio, e-mail y localidad quedará automáticamente registrado para participar del Sorteo de la Encuesta. 

ARCOR SAIC respeta y protege la privacidad de los participantes. Los datos que informen a los fines de su participación no serán revelados a terceros sin su consentimiento a menos que sean solicitados mediante un requerimiento judicial. 

Conforme el Artículo 6 de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326, podrán hacerlo enviando un correo electrónico a comunicacioninstitucional@arcor.com

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales

4. No podrán participar del Sorteo, ni hacerse acreedores del premio, el personal del Organizador y/o sus parientes por consaguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, ni ninguna de sus sociedades o empresas vinculadas con éste, sus Agencias de Encuesta y demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o cualquier servicio relacionado con la Encuesta, tampoco ganadores de sorteos de encuestas anteriores.

5. Participación “Sin Obligación de Compra”. La participación en el Sorteo no implica obligación directa ni indirecta de compra, o contratación de servicio alguno, ya que la forma de participación es absolutamente gratuita a través del procedimiento descripto en el punto 3.- de las presentes Bases y Condiciones. Solo se requiere que haya respondido la encuesta en forma completa dentro del plazo de vigencia.

6. No serán válidas para participar del Sorteo aquellas Encuestas que se encuentren incompletas o hayan sido enviadas concluido el plazo de vigencia de participación de la misma. Es requisito para participar del Sorteo que todos y cada uno de los datos indicados sean verdaderos, exactos, vigentes y auténticos. Cualquier error en el envío de los datos requeridos en la Encuesta será responsabilidad exclusiva de los participantes. El Organizador en ningún caso será responsable por la conexión a Internet ni por ninguna falla en el envío y recepción de las Encuestas. 

7. El día 21 de septiembre de 2020 a las 14:30 horas, el Organizador realizará el Sorteo y en el marco de este asignará por sorteo, entre todas las participaciones válidas recibidas que hayan cumplimentado con lo dispuesto en las presentes Bases y Condiciones el premio que a continuación se detallan (en adelante, el “Premio”):

  • 01 (una)  Oh Gift Card por valor equivalente a $30.000.- pesos treinta mil con plazo de uso: 1 (un) año desde su recepción

8. El Sorteo de la Encuesta se efectuará el 21 de septiembre de 2020 a las 14:30 horas, en las oficinas del Organizador, sitas en la calle Maipú 1210 2° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, por determinación al azar mediante la utilización de una fórmula aleatoria sobre la base de participaciones válidas recibidas en la computadora del Organizador y ante la presencia de escribano público quien labrará acta del sorteo.

El Sorteo de la Encuesta comenzará extrayéndose al azar 01 (un) Encuesta titular, en caso de que cumpla todos los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones, será potencial ganador del Premio ofrecido. Finalmente, se extraerán 02 (dos) encuestas que serán suplentes conforme el orden de extracción y que solamente pasarán a convertirse en titular, en caso de que el titular no pueda ser contactado en base a los datos informados, o si no diera cumplimiento al punto 9.

En el supuesto que las Encuestas que hubieren sido determinadas, no se ajustaren a las presentes Bases y Condiciones, se procederá a determinar otra Encuesta en su reemplazo, de manera tal de hacer posible la determinación de un (1) potencial ganador titular y dos (02) suplentes para el Premio del Sorteo.

9. El potencial ganador de Premio del Sorteo será contactado por el Organizador, por teléfono dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de realizado el Sorteo de la Encuesta, según los datos consignados en el registro de participación de la Encuesta. En caso de que el Organizador no pueda contactar al potencial ganador en el plazo determinado, éste perderá automáticamente la posibilidad de acceder al Premio respectivo y se procederá en forma automática a contactar al suplente elegido el día del Sorteo de la Encuesta, quién podrá hacerse acreedor del Premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes Bases y Condiciones.

La entrega de los premios que se ofrecen en el presente sorteo será realizada por El organizador dentro de los 30 días corridos de la fecha de contacto con el participante, en la medida que pueda realizarse de acuerdo con las condiciones que permita la emergencia sanitaria a la que refiere el DNU 297/2020 y sus prórrogas

El acreedor de premio deberá acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad y contestar correctamente 2 de 3 preguntas de cultura general que se le formularán mediante la en forma previa pero con la misma modalidad que se utilice para enviar el premio y así podrá tener asignado el mismo, sino cumpliera con lo establecido en este párrafo perderá todo derecho a premio, el cual será considerado no asignado y quedará en poder del organizador quien podrán disponer del mismo en la forma que estime conveniente. Para el supuesto de que el Premio no pueda ser adjudicado a ningún favorecido en el Sorteo de la Encuesta, el mismo quedará a favor del Organizador.

10. El Premio es personal e intransferible y no será canjeable por su valor en dinero, no incluye ningún otro producto y/o servicio que no esté expresamente mencionado en las presentes Bases y Condiciones. En consecuencia, los gastos de cualquier naturaleza que deban incurrir los participantes y/o potenciales ganadores para participar del Sorteo, y/o para la aceptación y recepción del Premio correspondiente, será a exclusivo cargo de cada uno.

11. El derecho a la efectiva asignación del Premio, quedará supeditado a que el correspondiente potencial ganador conforme lo indicado en punto 9; caso contrario, de no poderse contactar o no presentarse con el documento nacional de identidad a responder las preguntas de cultura general, perderá el potencial ganador automáticamente la posibilidad de obtener el Premio al cual había resultado por sorteo.

12. El resultado del sorteo será comunicado por el plazo legal requerido en el link:  https://www.arcor.com/ar/institucional/bases-y-condiciones-del-sorteo-crisis-covid19 

13. Los participantes del Sorteo, por el solo hecho de participar en el mismo, autorizan al Organizador a publicar sus datos personales (tales como nombre, apellido, y/o imágenes de los ganadores), por los medios y formas que considere convenientes, sin derecho a compensación alguna. 

14. El Organizador no será responsable de ningún daño o pérdida ocasionada a los participantes de esta Promoción o a terceros en sus personas o bienes, debido a o en ocasión de la utilización de los premios que se entregan en esta Promoción. El organizador no será en ningún caso responsable por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la promoción.

15. No podrá participar del concurso el personal de ARCOR S.A.I.C., ni de las empresas vinculadas con la organización, promoción, publicidad o de servicios informáticos, así como tampoco sus familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad.

16. La probabilidad de ganar el Premio sorteado dependerá de la cantidad de participantes, por lo cual no es posible su exacta determinación matemática. No obstante, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo tomando a modo de ejemplo que si del Sorteo de la Encuesta participan un mil (1.000) personas la probabilidad de ganar el Premio del Sorteo es de 0.001%.

17. El Organizador podrá a su exclusivo criterio modificar la vigencia de participación de la Encuesta, la fecha y/u horario de realización de este, los Premios a entregar por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos precedentes dado en su caso, la debida comunicación y publicidad, y llevando a cabo, de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender, modificar, total o parcialmente, las presentes Bases y Condiciones, cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.

18. El simple hecho de participar en este Sorteo implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones contenidas en las presentes bases. Cuando las circunstancias lo justifiquen a exclusivo criterio del Organizador, o en caso de fuerza mayor o caso fortuito, el Organizador podrá suspender o dar por finalizada la Encuesta, supuestos en los cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno por ningún concepto.

19. Para el caso que el Premio al que acceda cada ganador se encuentre gravado por algún impuesto, tasa o contribución al premio, los mismos serán a cargo y costo exclusivo del respectivo ganador quien deberá hacerse cargo en forma exclusiva de dicho impuesto.

 20. Este Sorteo se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse en virtud del Sorteo será sometida a los Tribunales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad de Córdoba, con renuncia expresa por parte de los participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.  

21. Las presentes Bases y Condiciones podrán ser consultadas en    https://www.arcor.com/ar/institucional/bases-y-condiciones-del-sorteo-crisis-covid19 o al 0800-333-3033.

 

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